Numeral 57.- Es el alumno elegido por los compañeros de cada grado mediante el voto secreto, con el propósito de integrar el Consejo de Estudiantes y debe cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 18.17 de los principios y/o reglas generales de la institución.
Numeral 58. Funciones del Vocero
Son funciones del vocero.
a) Solicitar la colaboración de los compañeros del grado para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
b) Participar en las deliberaciones del Consejo de estudiantes aportando ideas e iniciativas que beneficien a la institución.
c) Establecer canales de comunicación y armonía entre los diferentes cursos del grado respectivo.
d) Invitar a las deliberaciones del Consejo de Estudiantes a aquellos compañeros de grado que deseen aportar iniciativas en beneficio de la institución.
e) Llevar la vocería de los diferentes cursos de su grado ante los Coordinadores, el Rector, el Representante de los estudiantes en el Consejo Directivo etc. Con el fin de estudiar y buscar soluciones a las necesidades, problemas e inquietudes que se presenten en el plantel